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Matriculación de vehículos que provienen de UK

17/09/2021 - 10:00

La salida del Reino Unido de la Unión Europea, conocida como Brexit, ha supuesto muchas dudas sobre cómo matricular un coche tras la firma de las medidas que se hicieron efectivas el pasado 1 de enero de 2021, y que han supuesto una frontera con el resto de Europa. Todo ello implica que, a partir de dicha fecha, se debe completar una declaración de aduanas al exportar mercancías. Por eso, en este artículo se detallan los documentos que se exigirán para la matriculación de vehículos procedentes del Reino Unido, con excepción de Irlanda del Norte.

Documentación necesaria para la matriculación

Los documentos que se exigen para la matriculación de vehículos procedentes del Reino Unido son:

Para los vehículos nuevos (no matriculados) importados con anterioridad al 1 de enero de 2021 no se exige el documento único administrativo (DUA) que debe presentarse ante las autoridades de la Aduana. Este documento proporciona  información sobre el producto que se va a importar o exportar y sirve de base para la declaración tributaria. Sin embargo en este caso el importador no debe declarar la importación ni hacer constar el despacho de aduanas en una diligencia administrativa en la tarjeta ITV del vehículo.

Para vehículos nuevos (no matriculados) importados con posterioridad al 1 de enero de 2021 si que se les exige DUA. En este caso, el importador debe declarar la importación y hacer constar el despacho de aduanas en una diligencia administrativa en la tarjeta ITV del vehículo.

Para vehículos matriculados en Reino Unido con anterioridad al 1 de enero de 2021 en el caso de vehículos de valor inferior a 15.000 euros, si presenta una factura de adquisición en el territorio aduanero de la Unión, incluyendo Irlanda del Norte, anterior al 1 de enero de 2021 o documento de transporte que justifique la entrada en el territorio aduanero de la Unión anterior al 1 de enero de 2021 se considera que el vehículo tiene estatuto de la Unión y no tiene que presentar ninguna declaración aduanera. Al solicitar la matriculación, el interesado deberá aportar esta certificación. 

En el caso de que no se pueda probar el estatuto de la UE de un vehículo con matrícula del Reino Unido por alguno de los medios de prueba anteriores, será necesario presentar DUA. 

Es decir, al solicitar la matriculación deberá aportarse la certificación aduanera del estatuto UE del vehículo o declaración de importación (DUA). Este documento no será necesario para los vehículos matriculados en Irlanda del Norte, que deberán acreditarlo mediante la presentación del certificado de registro del vehículo (V5C) donde consta el domicilio.

▪ Vehículos matriculados en Reino Unido con posterioridad al 1 de enero de 2021 se les exige DUA o certificación aduanera en el estatuto UE. Este documento no será necesario para los vehículos matriculados en Irlanda del Norte, que deberán acreditarlo mediante la presentación del certificado de registro del vehículo (V5C) donde consta el domicilio.

En Gecotex gestionamos las dos vías de regularización, tanto la de la DUA de importación como la justificación del estatuto de la UE. Si necesitas ampliar información sobre la matriculación de vehículos que provienen de UK, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Uno de nuestros agentes te atenderá a la mayor brevedad posible y te facilitará toda la información requerida para que puedas operar con normalidad.

 


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